¿Cómo se evalúa?

Los procedimientos evaluativos están establecidos por Decreto Exento de Educación Nº 2169, de 2007, que aprueba el reglamento de evaluación y promoción escolar para Educación Básica y Media de Adultos. En esta norma, la evaluación es considerada un instrumento pedagógico para constatar progresos y dificultades que ocurren durante el proceso de aprendizaje de los alumnos, y permite tomar las decisiones correspondientes para mejorar su calidad, asegurando el acceso a los OF-CMO establecidos en el marco curricular.

Entre sus principales disposiciones destacan:

Reglamento interno de evaluación
La norma, aplicable a todos los niveles y modalidades regulares de Educación de Adultos, establece la obligatoriedad de elaborar un reglamento interno de evaluación, el que debe contener:
  • las disposiciones respecto de la estrategia que se aplicará para evaluar los aprendizajes y formas de comunicar los resultados de estas evaluaciones;
  • disposiciones para regularizar la situación de los alumnos de Educación Básica o Media que hayan cursado los subsectores de aprendizaje de los ámbitos de Formación en Oficios, Formación Diferenciada, o Instrumental, en una secuencia distinta a la establecida en su malla curricular;
  • disposiciones para el reconocimiento de oficios cursados en el nivel de Educación Básica de Adultos;
  • procedimientos para determinar la situación final de los alumnos;
  • disposiciones acerca de evaluación diagnóstica, formativa, acumulativa y diferenciada;
  • regulaciones acerca de las prácticas profesionales;
  • estrategias para resolver situaciones de los estudiantes que por razones debidamente justificadas tengan menos del 80% de asistencia a las actividades curriculares efectivamente realizadas, y
  • cómo resolver la situación de alumnos que, por razones justificadas, ingresan o egresan del establecimiento en fechas distintas al calendario escolar.

Requisitos de promoción

Respecto de la promoción, establece dos criterios fundamentales: asistencia y rendimiento. En materia de asistencia exige un mínimo del 80%, no obstante faculta al director para autorizar la promoción con porcentajes inferiores, por causas debidamente justificadas. En cuanto al rendimiento, serán promovidos quienes aprueben todos los sectores de aprendizaje. No obstante, a partir del segundo nivel de E. Básica se promoverá a quienes reprueben un sector de aprendizaje y su promedio general, incluido el sector reprobado,  sea igual o superior a 4,5.

Si el sector reprobado es Lengua Castellana y Comunicación, o Educación Matemática, el promedio deberá ser igual o superior a 5,5. En la modalidad Humanístico Científica y en la Técnico Profesional en este caso el promedio debe ser igual o superior a 5.0. En esta última modalidad, si el subsector de aprendizaje, módulo o asignatura reprobada corresponde a la especialidad técnica, aun cuando tenga el promedio requerido, el director deberá autorizar la promoción del alumno. No obstante, las competencias no logradas serán incorporadas al Plan de Práctica Profesional, conforme a lo señalado en los procedimientos de titulación.

La situación final de los alumnos, tanto en Educación Básica como en Educación Media, que hubieren reprobado hasta dos subsectores de aprendizaje, se resuelve después de la aplicación de un procedimiento evaluativo especial, administrado después de un proceso de apoyo complementario que incluye el conjunto de OF-CMO de los subsectores reprobados. La calificación obtenida en esta evaluación especial remplaza la calificación anterior, y si el alumno no rinde esta evaluación, conserva su calificación.

Práctica profesional
Para la modalidad Técnico Profesional el reglamento interno de evaluación debe incorporar normas acerca de la práctica profesional, facultando al director para determinar su duración, determinar procedimientos especiales para su ejecución, cuando por razones debidamente calificadas  un alumno no pueda realizarla de acuerdo a lo estipulado en el reglamento general de práctica. El director también podrá eximir de este proceso a quienes acrediten poseer las capacidades señaladas en el perfil de egreso de la especialidad. Para el desarrollo de la práctica, se elaborará un Plan de Práctica Profesional cuyas actividades deberán contribuir al logro de competencias de cada especialidad.